PERMISOS
Este
permiso
habilita
para
conducir
vehículos
turismo
normales,
es
decir,
los
coches,
desde
pequeños
y
urbanos
a
todoterrenos,
monovolumen
o
deportivos.
Con
este
carnet
se
pueden
conducir
más
tipos de vehículos:
•
Ciclomotor
:
con
un
motor
de
cilindrada
menor
a
50
cm³
o
con
motor
eléctrico,
siempre
que
el
vehículo
tenga
una
velocidad
limitada a 45 km/h).
•
Motocicleta:
A
los
tres
años
de
experiencia
del
carnet
B,
en
España
queda
convalidado
el
carnet
A1
y
se
pueden
conducir
motos
de
hasta
125
cm³
y
con
una
potencia
máxima
de
11
kW
(15 CV).
•
Vehículo
de
tres
ruedas:
o
triciclos,
siempre
que
dos
de
las
tres
ruedas
estén
en
el
mismo
eje.
No
hay
limitaciones
de
cilindrada
o
potencia,
la
única
condición
es
que
el
fabricante
haya
homologado
el
triciclo
como
vehículo
de
tres
ruedas
y
no
como
moto de tres ruedas
•
Cuadriciclo
y
quad:
cuadriciclo
ligero
(peso
máximo
de
350
kg
y
potencia
máxima
de
4kW)
y
el
cuadriciclo
normal
que
puede
llegar
hasta
los
550
kg
como
máximo
y
la
potencia
hasta
los
15
kW (20 CV).
•
Remolque:
Todos
los
vehículos
anteriores
se
pueden
conducir
con
un
remolque
enganchado
con
el
permiso
de
conducción
B,
siempre
que
el
peso
total
del
conjunto,
vehículo
más
remolque,
no
supere el peso máximo admitido en la ficha técnica del vehículo.
TEÓRICO
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•
PRÁCTICO
•
Consta
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3
partes,
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previas,
conducción
autónoma y conducción dirigida. Tiene una duración de 20 a 25 minutos.
•
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en
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menor
tiempo
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destreza
necesaria
para
conducir
de
forma
correcta y eficiente.